Emisoras dominicanas obligadas a tocar el Himno Nacional en feriados patrios
Santo Domingo.- En un esfuerzo por reavivar el respeto por uno de los principales símbolos patrios de la República Dominicana, el Himno Nacional, el país busca restablecer la solemnidad y el orgullo q...
Santo Domingo.- En un esfuerzo por reavivar el respeto por uno de los principales símbolos patrios de la República Dominicana, el Himno Nacional, el país busca restablecer la solemnidad y el orgullo que siempre lo han acompañado. Aunque durante años ha sido testigo de su desacato, tanto en el ámbito educativo como en los medios de comunicación, la Ley 210-19 busca cambiar esta tendencia.
El Himno Nacional, lejos de ser solo una melodía que acompaña los actos patrios, simboliza la unidad, el honor y el compromiso con la patria. Sin embargo, en los últimos tiempos, ha perdido parte de esa reverencia que alguna vez le fue otorgada. En las escuelas, por ejemplo, en lugar de verse como un acto de orgullo, muchos estudiantes lo perciben como un castigo, y la participación en su entonación se ha convertido más en una obligación que en un acto simbólico de unión nacional.
Del mismo modo, en las calles y emisoras de radio, la costumbre de difundirlo en los momentos indicados se ha ido diluyendo. Esto se ha visto reflejado en la falta de respeto hacia la Ley 210-19, la cual regula el uso de los símbolos patrios en el país. Según esta normativa, las emisoras de radio y televisión están obligadas a transmitir el Himno Nacional a las 12:00 del mediodía durante los días festivos patrios, en cualquiera de sus versiones.
Específicamente, esta disposición aplica para los siguientes feriados nacionales: el 26 de enero, en conmemoración del natalicio de Juan Pablo Duarte; el 27 de febrero, Día de la Independencia Nacional y la Bandera Nacional; el 16 de agosto, Día de la Restauración; y el 6 de noviembre, Día de la Constitución. Estas fechas deben ser reconocidas a través de la transmisión del Himno, como una forma de honrar la historia y el legado de la nación.
El cumplimiento de la Ley 210-19 también exige que las emisoras localizadas en las provincias fronterizas, como Bahoruco, Santiago Rodríguez, Montecristi, Pedernales, Dajabón, Independencia y Elías Piña, dediquen un espacio en su programación diaria para emitir al menos dos mensajes relacionados con los símbolos patrios. Estos mensajes, de no menos de 30 segundos cada uno, deben ser grabados por la Comisión Permanente de Efemérides Patrias, asegurando así que las enseñanzas sobre la importancia de los valores patrios lleguen a toda la población.
De igual manera, el Artículo 33 de esta ley establece que todos los actos oficiales del Estado, así como los conciertos de bandas de música institucionales o municipales, deben iniciar con la interpretación del Himno Nacional. Esta disposición aplica tanto en eventos públicos como en aquellos que son transmitidos por medios de comunicación, ya sea radio, televisión o internet, con el objetivo de reforzar la identidad nacional y el respeto por los símbolos que representan a la nación.
En el ámbito deportivo y cultural, la Ley 210-19 también hace hincapié en la importancia de la ejecución del Himno Nacional, como lo establece el Artículo 34. Según este apartado, todos los eventos de carácter deportivo y cultural, auspiciados por el Estado o el sector privado, deben comenzar con la interpretación del Himno Nacional. Este esfuerzo busca consolidar la identidad nacional en todas las actividades que reúnan a la sociedad dominicana, promoviendo así el respeto y la unidad a través de los símbolos patrios.
La ley no solo busca la preservación de las tradiciones patrias, sino también la restauración de un profundo respeto por los símbolos que nos identifican como pueblo. En un mundo cada vez más globalizado, el Himno Nacional sigue siendo un recordatorio de nuestras raíces, nuestra historia y la unidad que debe prevalecer en todos los dominicanos. Es hora de que, como sociedad, volvamos a rendirle el honor que merece.