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PLD asegura que sentencia del TSE no anula su proceso para escoger candidato presidencial

Santo Domingo. El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) afirmó este viernes que la sentencia emitida por el Tribunal Superior Electoral (TSE) no anula su intención de organizar una consulta intern...

Redacción • June 20, 2025 9:22 pm
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Santo Domingo. El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) afirmó este viernes que la sentencia emitida por el Tribunal Superior Electoral (TSE) no anula su intención de organizar una consulta interna en 2026 para definir su candidato presidencial con miras a las elecciones de 2028.

El delegado político del PLD ante la Junta Central Electoral (JCE), Danilo Díaz, sostuvo que el fallo no impide la realización del proceso consultivo, aunque sí precisa cuáles órganos internos del partido son competentes para organizarlo conforme a los estatutos.

“La sentencia no le prohíbe al PLD hacer su consulta en 2026. Lo que anula es todo lo relacionado con la inscripción de aspirantes que no fue organizado por el órgano estatutario correspondiente”, explicó Díaz en un comunicado de prensa.

Tribunal cuestiona atribuciones del Comité Político

El TSE declaró ilegal la convocatoria a consulta formulada por el Comité Político del PLD, señalando que dicho órgano no tiene la facultad para establecer las reglas del proceso, según lo estipulado en los estatutos de la propia organización.

La sentencia indica que la responsabilidad de reglamentar la consulta interna, abrir la inscripción de aspirantes y establecer condiciones equitativas recae en el Comité Central, y no en el Comité Político.

Díaz valoró que el fallo del TSE, aunque limita atribuciones del Comité Político, reconoce la legalidad del proceso de consulta en sí mismo, siempre que se realice conforme a la normativa interna del partido y a las leyes electorales vigentes.

“La decisión aclara cómo debe hacerse la consulta. Ratifica que el Comité Político puede proponer, pero es el Comité Central el que debe aprobar y reglamentar todo el proceso”, subrayó.

¿Qué dice la sentencia?

El Tribunal Superior Electoral concluyó que la consulta anunciada para el primer trimestre de 2026, orientada a escoger al precandidato presidencial del PLD, no cumple con los principios de legalidad ni equidad, al haber sido convocada sin seguir los procedimientos internos adecuados y con dos años de anticipación a los plazos establecidos en la ley electoral.

El fallo ha generado debate sobre la autonomía de los partidos políticos para organizar sus procesos internos y la necesidad de que estos se rijan no solo por sus estatutos, sino también por el marco legal vigente.