JCE puede no admitir candidaturas que se promuevan fuera del plazo legal
Santo Domingo, RD. – La Junta Central Electoral (JCE) está facultada para no admitir candidaturas presidenciales que sean promovidas fuera de los plazos establecidos por la Ley 33-18 sobre Partidos, A...
Santo Domingo, RD. – La Junta Central Electoral (JCE) está facultada para no admitir candidaturas presidenciales que sean promovidas fuera de los plazos establecidos por la Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, recordó este martes la institución ante recientes comentarios sobre campañas anticipadas.
El señalamiento surge luego de las declaraciones de Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), quien solicitó a la JCE suspender el financiamiento público a los partidos que incurran en promoción prematura de candidaturas.
De acuerdo con el Artículo 78 de la Ley 33-18, la JCE tiene la potestad de sancionar a los aspirantes que promuevan su postulación fuera del período permitido, buscando garantizar la equidad y transparencia en los procesos electorales.