TC deroga artículos que penalizaban relaciones homosexuales en la Policía y las Fuerzas Armadas
El Tribunal Constitucional (TC) eliminó este martes dos artículos históricos que penalizaban las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo dentro de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, ...

El Tribunal Constitucional (TC) eliminó este martes dos artículos históricos que penalizaban las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo dentro de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, disposiciones vigentes desde mediados del siglo pasado y consideradas discriminatorias por organizaciones defensoras de derechos humanos.
La decisión anula el artículo 210 de la Ley 285, que creó el Código de Justicia de la Policía Nacional en 1966, así como el artículo 260 de la Ley 3483 del Código de Justicia de las Fuerzas Armadas, promulgado en 1953. Ambos textos definían la “sodomía” como concúbito entre personas del mismo sexo y contemplaban penas de entre dos meses y dos años de prisión para oficiales y alistados.
De acuerdo con la normativa derogada, un oficial podía recibir de seis meses a dos años de prisión correccional, mientras que para los alistados la sanción oscilaba entre dos y seis meses. Además, los oficiales podían enfrentar medidas adicionales, incluyendo hasta un año extra de prisión correccional según la gravedad de la infracción.
La sentencia del TC marca un precedente importante en materia de igualdad de derechos dentro del ámbito militar y policial, al suprimir artículos que por décadas mantuvieron sanciones penales basadas en la orientación sexual de los miembros de estos cuerpos uniformados.
Con esta decisión, República Dominicana avanza en la adecuación de su marco jurídico a los estándares contemporáneos de derechos humanos, eliminando disposiciones consideradas obsoletas y contrarias al principio constitucional de no discriminación.









